• Se logró una importante indemnización contra una compañía aseguradora en base a la Ley de Defensa del Consumidor y atacando una cláusula de exclusión de cobertura.-

  • El martes 5 de mayo de 2020 el avión sanitario modelo Learjet 35, matrícula LV-BXU se estrelló en la cabecera del Aeropuerto de Esquel, al intentar aterrizar. Por el siniestro, tres personas perdieron la vida. El piloto del avión fue el único sobreviviente. El ESTUDIO JURÍDICO GEROSA representó a la empresa aeronáutica MD FLY S.A. en esta causa federal.

  • El ESTUDIO JURÍDICO GEROSA representa a los familiares de la Sra. María Antieco, que falleció a fines de agosto de 2019 luego de caer en el hueco del ascensor de los tribunales de Esquel. En la causa penal logró revertir un peritaje médico con expertos de Buenos Aires, ante la oposición de la Fiscalía de Esquel, pudiendo así determinar el motivo del deceso de la víctima.-

  • Se hizo lugar a una acción de amparo, ordenando a una obra social a cubrir al amparista de manera integral (100%) el o los tratamientos de fertilización asistida de alta complejidad (FIV/ICSI) previa realización de biopsia testicular para recuperación espermática, medicación, estudios de diagnóstico y/o tratamientos complementarios destinados al éxito del mismo, al igual que cualquier otro gasto que se deba realizar al respecto, además de la cantidad de tratamientos FIV que de acuerdo a la indicación del médico tratante se requieran hasta lograr el embarazo y posteriores nacimientos con vida del hijo o cese la prescripción médica para dichos intentos. Luego de ello el ESTUDIO JURÍDICO GEROSA logró otras sentencias de idéntico tenor en distintas causas iniciadas obtener la cobertura integral de tratamientos de fertilización asistida.

  • (Expte. nº 159, año 2003). Se hizo lugar a la demanda instaurada por la Compañía de Tierras del Sud Argentino S.A., representada por el Estudio Jurídico Gerosa, y se ordenó la restitución y entrega definitiva del predio identificado como “Cuadro Santa Rosa” a dicha firma, que había sido ocupado por dos personas que alegaban derechos originarios.

  • (Solicitud Jurisdiccional Nº 5.795 – Oficina Judicial Esquel) Se interpuso una acción de amparo ambiental a fin de impedir la iniciación de la obra o proyecto denominado “Sistema Cloacal y Planta de Tratamiento de Efluentes de la Comuna Rural de Carrenleufú”, fundamentando la misma en que el estudio de impacto ambiental había sido mal realizado, como así también que el lugar elegido era totalmente inadecuado, por su cercanía con los centros urbanos (y a 150 metros de la escuela del lugar). Además se señaló que tal obra iba a contaminar el Río Encuentro, y poner en peligro la calidad de vida de los habitantes y el medio ambiente del lugar. Mediante sentencia de fecha 24 de junio de 2011 la jueza penal Carina Estefanía hizo lugar al amparo promovido, declararando la nulidad absoluta de la resolución dictada por la Provincia del Chubut que aprobó el Estudio de Impacto Ambiental. En la parte final de su fallo, la magistrada se refirió especialmente a la labor realizada por el abogado de la parte actora, Dr. Ricardo Tomás Gerosa Lewis, calificando su trabajo como una “actuación prolija y clara, que revela el estudio en la materia y que se vincula con el fruto obtenido en orden al fin perseguido”.

  • (Expte. 59, año 2007 del Juzgado Civil, Comercial y Laboral de la Circunscripción Judicial del Noroeste del Chubut). Se representó al Grupo Benetton en una acción para recobrar la posesión contra los ocupantes del cuadro “Santa Rosa-Leleque”, que alegaban derechos de ocupación tradicional. Se ordenó la restitución del predio a su propietario.

  • (Expte. nº 515, año 2010) Se logró la nulidad de una resolución dictada por la Municipalidad de Gobernador Costa que disponía la restitución ilegítima de uno de los inmuebles más importantes de esa localidad, resultando relevante la imposición solidaria de las costas procesales a la Intendenta Municipal.

  • La Municipalidad de Esquel requirió el desalojo de un importante lote en las inmediaciones del Cerro La Torta. El Estudio Jurídico Gerosa, representante de los demandados, logró el rechazo de la demanda en primera instancia.

  • (Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la Circunscripción Judicial del Noroeste del Chubut). Se obtuvo una importante indemnización para los familiares de la víctima que perdió la vida como consecuencia de un vuelco de un colectivo de una empresa de transportes de pasajeros. Se condenó también a la compañía de seguros citada en garantía.

  • (Expte. nº 1397-2003 del Juzgado de Ejecución de la ciudad de Esquel – Fallo de 1ª. Instancia). Se obligó a la distribuidora de gas a prestar este servicio y asegurar su regularidad y continuidad. 

  • (Expte. nº 123-186-2001 del Juzgado Contravencional de Esquel). Se logró la apertura de un local bailable importante de la ciudad de Esquel. 

  • (Expte. nº 103-367-2001 del Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la Circunscripción Judicial del Noroeste del Chubut). Se obtuvo una importante indemnización contra la Municipalidad de Esquel por un cuasidelito cometido por un dependiente de esa institución.

  • (Expte. nº 155-45-2006 del Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la Circunscripción Judicial del Noroeste del Chubut). Se obligó a una obra social a entregarle a su afiliada, una embarazada de alto riesgo, todos los insumos necesarios, y a cumplir con todas las prestaciones médicas que fuesen pertinentes. 

  • (Expte. nº 1320-68-1998 del Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la Circunscripción Judicial del Noroeste del Chubut). Se obtuvo la reincorporación de una alumna que había sido expulsada de un establecimiento educativo una semana antes de la finalización del ciclo lectivo. La Excma. Cámara de Apelaciones del Noroeste del Chubut, en su sentencia de fecha 23 de noviembre de 1998, destacó la “excelente labor profesional” de los abogados del Estudio Jurídico Gerosa. 

  • (Expte. nº 2874-172-2000 del Juzgado de Instrucción de Esquel). Se obtuvo el sobreseimiento total y definitivo de la causa por usurpación seguida contra la socia-gerente de uno de los comercios más importantes de la ciudad de Esquel, y la restitución del local comercial a la sociedad “Salón Alberto Neira SRL”.

  • (Expte. nº 20/2007 de la Excma. Cámara de Apelaciones del Noroeste del Chubut). Se logró una importante indemnización contra una compañía aseguradora en base a la Ley de Defensa del Consumidor y atacando una cláusula de exclusión de cobertura.

  • (Sentencia de fecha 5 de diciembre de 2007 dictada por el Excmo. Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chubut). Se revocó la sentencia dictada por la Excma. Cámara de Apelaciones del Noroeste del Chubut, y se obtuvo el reconocimiento de la legitimación de un usuario no propietario para reclamar la reparación del rodado que conducía.

  • (Expte. nº 480-76-2003 del Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la Circunscripción Judicial del Noroeste del Chubut). Se obtuvo una importante indemnización para las víctimas de un accidente de tránsito contra una empresa de transportes de pasajeros y su compañía de seguros. 

  • (Expte. nº 1375, fº 215, año 1997 del Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la Circunscripción Judicial del Noroeste del Chubut). Se obtuvo una importante indemnización a favor del titular de una empresa de transporte urbano en virtud de la rescisión ilegítima y unilateral de la concesión dispuesta por la Municipalidad de Esquel.

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